diff options
author | Mario <mario@mariovavti.com> | 2023-10-07 16:00:34 +0000 |
---|---|---|
committer | Mario <mario@mariovavti.com> | 2023-10-07 16:00:34 +0000 |
commit | 2f2e353ecef52639a78cac3bc407ccfe64197ac9 (patch) | |
tree | 557793121ec08dce6e97c064a100994e8d3990c5 /vendor/patrickschur/language-detection/resources/es | |
parent | 0092b7c0a4d6cf49c092e2232af63f87be63142b (diff) | |
download | volse-hubzilla-2f2e353ecef52639a78cac3bc407ccfe64197ac9.tar.gz volse-hubzilla-2f2e353ecef52639a78cac3bc407ccfe64197ac9.tar.bz2 volse-hubzilla-2f2e353ecef52639a78cac3bc407ccfe64197ac9.zip |
use new lang detect library which supports much more languages
Diffstat (limited to 'vendor/patrickschur/language-detection/resources/es')
-rw-r--r-- | vendor/patrickschur/language-detection/resources/es/es.php | 317 | ||||
-rw-r--r-- | vendor/patrickschur/language-detection/resources/es/es.txt | 153 |
2 files changed, 470 insertions, 0 deletions
diff --git a/vendor/patrickschur/language-detection/resources/es/es.php b/vendor/patrickschur/language-detection/resources/es/es.php new file mode 100644 index 000000000..32da82f62 --- /dev/null +++ b/vendor/patrickschur/language-detection/resources/es/es.php @@ -0,0 +1,317 @@ +<?php + +return array ( + 'es' => + array ( + 0 => 'e', + 1 => 'a', + 2 => 'o', + 3 => 'i', + 4 => 'n', + 5 => 's', + 6 => 'r', + 7 => 'd', + 8 => 'l', + 9 => 'c', + 10 => 't', + 11 => 'a_', + 12 => 'e_', + 13 => 's_', + 14 => '_de', + 15 => 'de', + 16 => 'u', + 17 => '_d', + 18 => 'o_', + 19 => 'en', + 20 => 'er', + 21 => 'p', + 22 => '_l', + 23 => 'n_', + 24 => '_a', + 25 => 'm', + 26 => '_e', + 27 => 'os_', + 28 => 'ci', + 29 => 'es', + 30 => '_p', + 31 => 're', + 32 => 'de_', + 33 => 'os', + 34 => 'la', + 35 => '_la', + 36 => 'on', + 37 => 'l_', + 38 => 'na', + 39 => '_s', + 40 => 'la_', + 41 => 'ar', + 42 => 'ec', + 43 => '_t', + 44 => 'al', + 45 => '_y_', + 46 => 'ad', + 47 => '_c', + 48 => 'da', + 49 => 'to', + 50 => 'nt', + 51 => '_a_', + 52 => 'y_', + 53 => 'es_', + 54 => 'b', + 55 => 'ra', + 56 => 'ie', + 57 => 'ón_', + 58 => 'ión', + 59 => '_y', + 60 => 'el', + 61 => 'te', + 62 => 'rec', + 63 => 'y', + 64 => 'co', + 65 => 'ta', + 66 => 'ere', + 67 => 'der', + 68 => 'h', + 69 => 'lo', + 70 => '_co', + 71 => 'as', + 72 => 'li', + 73 => 'ti', + 74 => 'ac', + 75 => 'ón', + 76 => 'ió', + 77 => 'el_', + 78 => 'en_', + 79 => 'r_', + 80 => 'cho', + 81 => 'ien', + 82 => 'ó', + 83 => 'se', + 84 => 'ent', + 85 => 'ech', + 86 => 'ció', + 87 => 'so', + 88 => 'aci', + 89 => 'ne', + 90 => 'ho', + 91 => 'io', + 92 => '_el', + 93 => 'id', + 94 => 'al_', + 95 => 'di', + 96 => '_en', + 97 => 'as_', + 98 => 'g', + 99 => 'ch', + 100 => 'ia', + 101 => 'in', + 102 => 'rt', + 103 => 'do', + 104 => 'le', + 105 => 'un', + 106 => 'an', + 107 => 'pe', + 108 => 'na_', + 109 => 'ona', + 110 => 'da_', + 111 => 'v', + 112 => 'pr', + 113 => 'or', + 114 => 'nte', + 115 => '_i', + 116 => 'cu', + 117 => 'ad_', + 118 => '_to', + 119 => 'ri', + 120 => 'f', + 121 => 'st', + 122 => 'ene', + 123 => 'con', + 124 => '_pr', + 125 => '_o', + 126 => '_su', + 127 => 'rs', + 128 => 'ic', + 129 => 'ro', + 130 => 'tod', + 131 => 'od', + 132 => 'ho_', + 133 => '_se', + 134 => '_pe', + 135 => 'los', + 136 => 'ers', + 137 => '_n', + 138 => 'per', + 139 => 'me', + 140 => 'ni', + 141 => 'nd', + 142 => 'd_', + 143 => 'tr', + 144 => 'ue', + 145 => '_lo', + 146 => 'su', + 147 => 'cia', + 148 => 'lo_', + 149 => '_ti', + 150 => 'ca', + 151 => 'om', + 152 => 'ida', + 153 => 'res', + 154 => '_es', + 155 => 'cio', + 156 => 'í', + 157 => 'qu', + 158 => 'art', + 159 => 'tie', + 160 => 'ion', + 161 => 'rso', + 162 => 'po', + 163 => 'te_', + 164 => 'do_', + 165 => '_in', + 166 => '_m', + 167 => 'mi', + 168 => 'to_', + 169 => '_ar', + 170 => '_li', + 171 => 'son', + 172 => 'dad', + 173 => '_re', + 174 => '_r', + 175 => 'tad', + 176 => 'cul', + 177 => 'am', + 178 => 'est', + 179 => 'que', + 180 => 'pro', + 181 => 'q', + 182 => 'nci', + 183 => 'men', + 184 => 'oda', + 185 => '_po', + 186 => '_un', + 187 => 'nc', + 188 => 'ue_', + 189 => '_qu', + 190 => 'ma', + 191 => 'ul', + 192 => 'rtí', + 193 => 'lib', + 194 => 'ulo', + 195 => 'ne_', + 196 => '_u', + 197 => 'tíc', + 198 => '_na', + 199 => 'su_', + 200 => 'ícu', + 201 => 'ib', + 202 => 'ia_', + 203 => 'nac', + 204 => 'tí', + 205 => 'si', + 206 => 'sa', + 207 => 'á', + 208 => 'tra', + 209 => 'oc', + 210 => 'ig', + 211 => '_h', + 212 => 'no', + 213 => 'or_', + 214 => 'ado', + 215 => '_pa', + 216 => 'pa', + 217 => 'iv', + 218 => '_q', + 219 => 'u_', + 220 => 'ra_', + 221 => 'nes', + 222 => 'se_', + 223 => 'im', + 224 => 'mo', + 225 => 'is', + 226 => 'rá', + 227 => 'íc', + 228 => '_f', + 229 => 'be', + 230 => 'nal', + 231 => 'com', + 232 => 'er_', + 233 => 'rta', + 234 => 'ual', + 235 => 'por', + 236 => '_o_', + 237 => 'ber', + 238 => 'gu', + 239 => 'one', + 240 => 'les', + 241 => 'dos', + 242 => 'des', + 243 => 'sta', + 244 => 'rá_', + 245 => 'ua', + 246 => 'ar_', + 247 => 'era', + 248 => 'ser', + 249 => 'hos', + 250 => 'ter', + 251 => 'ert', + 252 => 'ibe', + 253 => 'it', + 254 => 'br', + 255 => 'j', + 256 => 'nto', + 257 => 'ica', + 258 => 'del', + 259 => '_di', + 260 => 'ale', + 261 => 'ns', + 262 => 'at', + 263 => 'ed', + 264 => 'imi', + 265 => 'io_', + 266 => 'oci', + 267 => 'ur', + 268 => 'á_', + 269 => 'ara', + 270 => 'ant', + 271 => 're_', + 272 => 'cci', + 273 => 'ol', + 274 => 'em', + 275 => 'ame', + 276 => 'par', + 277 => 'mie', + 278 => 'las', + 279 => 'ici', + 280 => '_so', + 281 => '_as', + 282 => 'ndi', + 283 => 'enc', + 284 => '_cu', + 285 => 'ct', + 286 => 'cc', + 287 => 'bl', + 288 => 'tos', + 289 => 'cla', + 290 => 'dic', + 291 => 'bre', + 292 => 'pre', + 293 => 'una', + 294 => 'ot', + 295 => 'cl', + 296 => 'vi', + 297 => 'ntr', + 298 => 'man', + 299 => 'et', + 300 => 'mb', + 301 => 'ab', + 302 => '_v', + 303 => 'mp', + 304 => 'omo', + 305 => 'so_', + 306 => '_al', + 307 => 'nid', + 308 => 'uma', + 309 => 'ial', + ), +); diff --git a/vendor/patrickschur/language-detection/resources/es/es.txt b/vendor/patrickschur/language-detection/resources/es/es.txt new file mode 100644 index 000000000..4085edb8e --- /dev/null +++ b/vendor/patrickschur/language-detection/resources/es/es.txt @@ -0,0 +1,153 @@ + +Declaración Universal de Derechos Humanos + +Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948 +Preámbulo + +Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, + +Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias, + +Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión, + +Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones, + +Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, + +Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y + +Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso, + +La Asamblea General + +Proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción. +Artículo 1 + +Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. +Artículo 2 + +Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. + +Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía. +Artículo 3 + +Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. +Artículo 4 + +Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. +Artículo 5 + +Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. +Artículo 6 + +Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. +Artículo 7 + +Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación. +Artículo 8 + +Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. +Artículo 9 + +Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. +Artículo 10 + +Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal. +Artículo 11 + +1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. + +2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. +Artículo 12 + +Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques. +Artículo 13 + +1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. + +2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso el propio, y a regresar a su país. +Artículo 14 + +1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. + +2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. +Artículo 15 + +1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. + +2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad. +Artículo 16 + +1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. + +2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio. + +3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. +Artículo 17 + +1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. + +2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad. +Artículo 18 + +Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia. +Artículo 19 + +Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. +Artículo 20 + +1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. + +2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación. +Artículo 21 + +1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. + +2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. + +3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto. +Artículo 22 + +Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. +Artículo 23 + +1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. + +2. Toda personal tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. + +3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. + +4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses. +Artículo 24 + +Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas. +Artículo 25 + +1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. + +2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social. +Artículo 26 + +1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. + +2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. + +3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. +Artículo 27 + +1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. + +2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora. +Artículo 28 + +Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos. +Artículo 29 + +1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. + +2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. + +3. Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. +Artículo 30 + +Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
\ No newline at end of file |